Inocencia Fiscal: Un nuevo capítulo en la justicia tributaria
Con un webinar gratuito dictado por el Dr. Humberto Bertazza y la Dra. Graciela Manonellas, el IEFPA inció el Ciclo Lectivo 2026. Link a las disertaciones.
José Luis Ceteri, Diario Clarín, 28 de julio de 2019
La construcción, como sucede con otras actividades en Argentina, se encuentra regulada por dos normas tributarias recientes que actúan en sentido contrario. Por un lado, las leyes 27.440 y 27.467 aprobaron beneficios fiscales para las inversiones que se realizan en el desarrollo de viviendas sociales nuevas. Mientras tanto, en sentido inverso, la última reforma tributaria aprobada por la ley 27.430, grava a partir de 2018 las inversiones de quienes adquieran un inmueble y luego lo vendan.
Las ventajas para la construcción de viviendas para poblaciones de ingresos medios y bajos vienen por el lado de una reducción de la alícuota del Impuesto a las Ganancias y la devolución del IVA para los saldos a favor generados por esas inversiones. Y la “de arena” está representada por el nuevo impuesto cedular que alcanza con la tasa del 15% a los resultados obtenidos por las personas que adquirieron inmuebles a partir de 2018 y que luego lo transfirieron.
La ley 27.440 aprueba que los fideicomisos y fondos comunes no tributen por las inversiones realizadas en el país. Solamente pagarán el Impuesto a las Ganancias los inversores que perciban las ganancias que esas entidades distribuyan, incorporándolas a sus propias declaraciones juradas individuales. En el caso particular de fondos comunes de inversión cerrados o fideicomisos financieros que tengan como objeto de inversión desarrollos inmobiliarios para viviendas sociales y sectores de ingresos medios y bajos, los créditos y valores hipotecarios no pagarán Ganancias.
En cambio, las distribuciones originadas en rentas o alquileres o los resultados provenientes de su compraventa estarán alcanzados, en el momento de percibirse, por una alícuota del 15%, en la medida que se cumplan las condiciones que exige la ley para estos casos.
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Con un webinar gratuito dictado por el Dr. Humberto Bertazza y la Dra. Graciela Manonellas, el IEFPA inció el Ciclo Lectivo 2026. Link a las disertaciones.
Declaradas de interés por las autoridades del IEFPA, se realizarán en Villa La Angostura el 19 y 20 de marzo. Abierta la Inscripción.
Se encuentra abierta la inscripción para el presente ciclo lectivo. En el marco del convenio vigente, los afiliados accederán a un 20 % de descuento.