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Por Alfredo Collosa, Jefe Revisión y Recursos, AFIP, Argentina en el Blog del CIAT, 13 agosto, 2018
El objetivo que me llevo a compartir estas ideas con ustedes es analizar algunas tendencias en materia de la función de fiscalización de las Administraciones Tributarias (AATT), respondiendo básicamente a la pregunta de que tipo de controles deben priorizarse en la actualidad vale decir si aquellos masivos o extensivos o por el contrario los controles intensivos o profundos.
Podemos decir que la fiscalización es la acción mediante la cual las AATT procuran evitar que los contribuyentes incurran en evasión o defraudación fiscal y, en caso de cometerlas, procura detectarlas, probarlas y liquidarlas.
Su objetivo es maximizar el riesgo subjetivo, entendiendo por tal la probabilidad de ser controlado considerando la magnitud de la sanción.
Sin embargo el porcentaje que se obtiene como recaudación directa por las acciones de fiscalización no supera del 2% al 3% de la recaudación total, por ello como dijimos su objetivo es generar riesgo, luchando contra el fraude fiscal y modificando la conducta de los contribuyentes de modo que el cumplimiento voluntario sea cada vez mayor.
Si bien no hay una definición precisa de los controles masivos o extensivos podemos decir que son controles tributarios que se desarrollan aprovechando la informática y la moderna tecnología y que permiten detectar errores materiales y defectos formales cometidos por los contribuyentes en sus declaraciones, así como incoherencias en los datos declarados en contraste con los datos de que dispone la Administración tributaria (AT) de un país.
Se caracterizan por su inmediatez, generalidad, corta duración, se desarrollan en las oficinas de la AT, se contrasta información propia y de terceros y tienen como objetivo llegar a un mayor numero de contribuyentes.
Por otro lado los controles intensivos se caracterizan porque se aplican a formas más complejas de fraude, realizandose un análisis más en profundidad de las declaraciones juradas de los contribuyentes, generalmente se comprueban periodos fiscales más antiguos, tienen una duración mayor, se auditan un menor número de contribuyentes y se destaca la tarea de investigación y selección previa.
A los controles intensivos se los suele definir como la última frontera en la lucha contra el fraude fiscal.
Cabe destacar que en algunos países son los propios códigos tributarios los que delimitan ambos tipos de controles precisando las facultades de cada tipo de control, su duración y demás aspectos.
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