ENCUENTRO ANUAL IEFPA - AMFED 2026
En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.
Por Ricardo H. Ferraro, Ambito.com, 29 de junio de 2026
Si bien recae sobre el empleado la responsabilidad de los datos que brinda al empleador, éste tiene consecuencias cuando actúa en carácter de agente de retención, de verificarse algún incumplimiento.
Los sujetos empleadores que paguen por cuenta propia, ya sea en forma directa o a través de terceros, sueldos o remuneraciones derivados del trabajo en relación de dependencia, se encuentran obligados a actuar como agentes de retención del Impuesto a las Ganancias.
A tales fines, la Resolución General 4003, regula el régimen aplicable tanto con relación a los datos que le debe suministrar el empleado (deducciones, si existe otro empleador, etc.) como el procedimiento que debe seguir el empleador para practicar la retención del impuesto, de corresponder.
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En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.
Si bien recae sobre el empleado la responsabilidad de los datos, el empleador tiene consecuencias de verificarse algún incumplimiento.
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