Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Americanas

  • Fondos Comunes de Inversión: tratamiento fiscal

Fondos Comunes de Inversión: tratamiento fiscal (ARCA e IIBB)


El principio legal de transparencia de estas inversiones es válido no sólo para los gravámenes nacionales sino también para los locales, no se trata de una cláusula tributaria sino de una condición propia de la figura legal

 

Por Fernando D. García, Ambito.com, 15 de abril de 2025

Los títulos y valores mobiliarios estuvieron inmersos durante décadas en un tratamiento anárquico en la legislación impositiva hasta que la Ley 24.073 uniformó la terminología aplicable. Subsisten dudas respecto de las criptoactivos y activos similares, pero al menos los valores representativos de bienes emitidos en serie tienen un tratamiento uniforme.

Las cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión (FCI) son una excepción a aquella disparidad: no son títulos (no están emitidos en serie, carecen de valor nominal, etc.) sino que representan la parte proporcional indivisa de otros bienes que son administrados por una entidad diferente (sociedad gerente). Una figura con la que se podría identificar ideológicamente (no jurídicamente) es la del condominio en el sentido que el inversor sólo posee una parte indivisa de otros bienes.

Leer nota Aquí

Últimas Noticias

MENDOZA 2025

XXXIII Congreso de Administradores Tributarios del IEFPA y la AMFEAFIP. Apertura de Inscripciones 15 de mayo