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La tokenización de bienes físicos en los impuestos indirectos


Por Gabriel Alejandro Vadell, Blog del CIAT, 29 marzo, 2023 

Desde la llegada del Bitcoin, con su tecnología de registro descentralizado (o DLT) y su código de programación abierto, han proliferado nuevos negocios digitales de la mano de los smart contracts, cuyas cláusulas programables se ejecutan automáticamente sin necesidad de intermediarios.

La tokenización de activos físicos surge a partir de la fructuosa utilización de estos smart contracts, por lo que rápidamente se ha convertido en una tendencia creciente en la economía digital, dado que ofrecen la posibilidad de aumentar la accesibilidad, la liquidez y la eficiencia de los activos, y puede tener un impacto significativo en la forma en que se realicen los negocios y se invierta en el futuro.

Estos hechos económicos referidos a bienes representados por tokens podrían quedar bajo la órbita de los impuestos indirectos, dependiendo de ciertos factores, como el tipo de activo que se está tokenizando, el uso previsto del token, el país donde se realiza la transacción y el estatus legal del comprador y vendedor del token.

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