Hacia sistemas tributarios del Siglo XXI
REFORMA, COMPARACIÓN Y FUTURO FISCAL EN AMÉRICA LATINA. Actividad no arancelada, coordinada por el Dr. Carlos M. Folco el 4/11/2025.
Luego de cinco años de vigencia de la normativa que regulaba el uso de este medio informático, la administración tributaria porteña decidió derogar aquella y establecer un nuevo texto ampliando el alcance de aplicación de esta modalidad.
Por Ricardo Ferraro, Ambito.com, 07 Diciembre 2021
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció un nuevo texto reglamentando la aplicación del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) a través de la Resolución 267/21 la cual deroga a sus antecesoras la Resolución 405/16 y su complementaria 470/16.
Tal medida se toma en línea con el artículo 22 del Código Fiscal (CF) que define el DFE y lo declara obligatorio, como con los artículos 30, que detalla las modalidades de notificación, y el 32, que se ocupa de tales notificaciones a los responsables por deuda ajena, ambos también de dicho Código.
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