EL ACUERDO CONCLUSIVO EN EL DERECHO TRIBUTARIO
El próximo jueves 25 de septiembre el Dr. Carlos M. Folco y el Dr. Rigoberto Reyes Altamirano ofrecerán por zoom una charla sin cargo sobre esta temática.
Luego de cinco años de vigencia de la normativa que regulaba el uso de este medio informático, la administración tributaria porteña decidió derogar aquella y establecer un nuevo texto ampliando el alcance de aplicación de esta modalidad.
Por Ricardo Ferraro, Ambito.com, 07 Diciembre 2021
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció un nuevo texto reglamentando la aplicación del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) a través de la Resolución 267/21 la cual deroga a sus antecesoras la Resolución 405/16 y su complementaria 470/16.
Tal medida se toma en línea con el artículo 22 del Código Fiscal (CF) que define el DFE y lo declara obligatorio, como con los artículos 30, que detalla las modalidades de notificación, y el 32, que se ocupa de tales notificaciones a los responsables por deuda ajena, ambos también de dicho Código.
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El próximo jueves 25 de septiembre el Dr. Carlos M. Folco y el Dr. Rigoberto Reyes Altamirano ofrecerán por zoom una charla sin cargo sobre esta temática.
Si bien existen abundantes estudios desde un enfoque técnico o financiero, son menos frecuentes los análisis jurídicos y el impacto en las estructuras normativas.
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