Deducciones por compras a monotributistas
La posibilidad de deducir las adquisiciones a proveedores monotributistas se encuentra condicionada por requisitos y topes
Por Pablo Porporatto, Blog del CIAT, 23 de junio
Introducción
Un efectivo intercambio de información fiscal (EOI) entre los Estados es imprescindible para lograr “un campo de juego equiparado” y así erradicar los males que acarrea la competencia desleal que produce la opacidad que ofrecen ciertos países.
Actualmente es posible identificar dos estándares internacionales de EOI impulsados desde el G20 y la OCDE, el primero, referido al intercambio a pedido o previa petición (EOIR) y el segundo y más reciente, relativo al intercambio automático de cuentas financieras (AEOI), que se presentan como instrumentos fundamentales para obtener ingresos frescos -más allá de las fronteras nacionales- a las AATT de la región latinoamericana[1], en particular frente a las restricciones presupuestarias que impuso la pandemia del covid19 a los respectivos Estados (menores ingresos y mayores gastos).
La OCDE destaca que un ambiente más transparente -mayor sensación de riesgo- ha permitido a los Estados a nivel global recaudar 107.000 millones de euros en ingresos (impuestos, intereses, multas), como resultado de los programas de divulgación voluntaria y fiscalizaciones.
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La posibilidad de deducir las adquisiciones a proveedores monotributistas se encuentra condicionada por requisitos y topes
En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.
La digitalización de las administraciones tributarias exige más que portales y formularios en línea: necesita confianza. Y está se funda en pilares que deben ser construidos.