Eficiencia Recaudatoria y Brecha Tributaria en ALyC
El Documento de Trabajo del CIAT se refiere al trienio 2019-2021 con relación al Impuesto al Valor Agregado y al Impuesto a las Rentas de las Empresas
Por Felipe Rodrigo Conejeros Saavedra, Blog del CIAT, 10 febrero, 2021
Según la Real Academia Española (RAE) la autonomía es la “potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios”. Aventurándonos con una definición propia, podríamos señalar que la autonomía es el grado en que una institución pública puede operar independientemente del gobierno de turno en términos de forma y estatus legal, financiamiento, presupuesto, política del personal y prácticas administrativas.
¿En qué sentido puede decirse que una Administración Tributaria (AT) es autónoma?
En primer lugar, cuando hablamos de autonomía nos referimos a una amplia gama de dimensiones que deben ser consideradas.
Las AATT autónomas[1]:
Continuar leyendo Aquí
El Documento de Trabajo del CIAT se refiere al trienio 2019-2021 con relación al Impuesto al Valor Agregado y al Impuesto a las Rentas de las Empresas
La justicia nacional e internacional admite que mantener los impuestos en el nivel más bajo posible, si la ley lo permite, no es reprensible
Análisis del Dr. Humberto Bertazza en cuanto a determinados actos que pueden interrumpir la prescripciónen el marco del Código Penal.