Deducciones por compras a monotributistas
La posibilidad de deducir las adquisiciones a proveedores monotributistas se encuentra condicionada por requisitos y topes
Por Alfredo Collosa, Blog del CIAT, enero 2021
Recientemente el Foro de Administración Tributaria ha publicado un muy interesante documento titulado en español “Administración Tributaria 3.0 el camino de la transformación digital”[1], el cual nos invita a repensar respecto de un nuevo modelo de Administración Tributaria (AT) superador del enfoque actual basado en el cumplimiento voluntario.
Ello debido a que el actual modelo tiene ciertas limitaciones para los contribuyentes, considerando los costos de cumplimiento[2] y asimismo, para las propias AATT con elevados costos de administración.
Por ello, el objetivo del presente es comentar los principales aspectos del documento para luego formular algunas apreciaciones personales invitándolos como siempre a opinar al respecto.
El modelo propuesto, denominado Administración Tributaria 3.0 (AT 3.0), tiene como característica central que los procesos de AT se integran cada vez más con los sistemas utilizados por los contribuyentes para realizar sus operaciones, lo cual permitirá la automatización de muchos aspectos de la AT y traerá reducciones potencialmente significativas tanto en los costos de cumplimiento como en los de administración.
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La posibilidad de deducir las adquisiciones a proveedores monotributistas se encuentra condicionada por requisitos y topes
En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.
La digitalización de las administraciones tributarias exige más que portales y formularios en línea: necesita confianza. Y está se funda en pilares que deben ser construidos.