Aplicación y efectos de la ley de Inocencia Fiscal
En este artículo el Dr. Bertazza analiza las derivaciones concretas de las modificaciones introducidas a las distintas leyes en materia penal tributaria.
Por Alfredo Collosa, Blog del CIAT, 10 de agosto de 2020
Hoy asistimos a un momento histórico en materia de la digitalización de las Administraciones Tributarias (AATT) la cual evidentemente se aceleró, de manera no planificada e imprevistamente, debido a las medidas de aislamiento y cierre de muchas de las dependencias producto de la pandemia del coronavirus.
Esta crisis sin precedentes en lo económico, sanitario y social que estamos atravesando está produciendo una enorme pérdida de la recaudación razón por la cual muchos países están planificando reformas tributarias y procesos de modernización de sus AATT.
En los procesos de reforma tributaria se deben considerar todos los aspectos vinculados a la digitalización, la cual entiendo debería tener como norte siempre al ciudadano buscando la simplificación, la disminución de la burocracia y mayor transparencia frente a la corrupción.
Es vital en todo el proceso la disminución de los costos de cumplimiento para los contribuyentes y los costos de administración del sistema tributario por parte de las AATT.
Los costos de cumplimiento incluyen dos componentes por un lado el tiempo empleado para cumplir con las obligaciones fiscales y por el otro el pago de honorarios a sus asesores fiscales.
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En este artículo el Dr. Bertazza analiza las derivaciones concretas de las modificaciones introducidas a las distintas leyes en materia penal tributaria.
Aquí se trata la cuestión de la “Identidad digital”, en tanto representación electrónica de una persona o empresa que permite identificarla en sus interacciones en línea.
Este artículo del CIAT resalta la importancia fundamental del Estado: por qué aportar, qué se recibe a cambio y qué consecuencias tiene renunciar a la lógica del bien común.