Modernización para la Movilización de Recursos Internos
En las AT, además de los ingresos, otras capacidades esenciales se ven fortalecidas por la transformación digital.
La AFIP mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como "determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros".
Ambitoweb, 13 de abril de 2020
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la feria fiscal hasta el 26 de abril, inclusive, en sintonía a la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus, dispuesto por el Gobierno nacional. A lo largo del período definido en la normativa, que se publicó en el Boletín Oficial, no se suspenden las acciones del organismo.
A raíz de esto, la AFIP mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como “determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros”.
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En las AT, además de los ingresos, otras capacidades esenciales se ven fortalecidas por la transformación digital.
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