Inocencia Fiscal: Un nuevo capítulo en la justicia tributaria
El próximo 11 de febrero el IEFPA inicia el ciclo lectivo 2026 con este webinar gratuito dictado por dos expertos como lo son el Dr. Humberto Bertazza y la Dra. Graciela Manonellas.
La decisión va en sintonía con el decreto 330/2020 publicado este miércoles en el Boletín Oficial
Perfil, 2 de abril de 2020
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 6 de mayo el plazo máximo para realizar el pago a cuenta adicional del impuesto sobre los bienes personales para las personas que posean bienes en el exterior sujetos al tributo correspondiente a 2019.
La resolución adecúa la normativa del organismo al nuevo plazo para la repatriación de activos financieros situados en el exterior previstos en el Decreto 330/2020, publicado este miércoles 1° de abril en el Boletín Oficial.
Con el objetivo de que los responsables del impuesto cuenten con un mayor período de tiempo para "evaluar, analizar y adoptar la decisión que estimen más conveniente" el Gobierno extendió hasta el 30 de abril la fecha límite para ingresar los activos al sistema financiero local, según informó la AFIP.
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