El IEFPA participó en importante Congreso Internacional
Se trata del I Congreso Internacional en Tributación Ambiental y Economía Circular, realizado en España los días 28 y 29 de noviembre pasados.
Cómo garantizar la devolución de recursos a los sectores sociales de menores ingresos de manera simple y ágil.
Por Nadín Argañaraz, director del IARAF, Clarín, 5 de enero de 2020
En agosto de 2019 se dispuso como medida de emergencia la aplicación entre el 15 de agosto y el 31 de diciembre de una alícuota cero de IVA para el consumidor final a un conjunto de productos de la canasta básica de alimentos.
La rebaja fue generalizada dado que se aplicó sin ningún tipo de restricción respecto al comprador. Se buscó evitar que la devaluación del peso producida luego de las PASO se trasladara inmediatamente al precio de los alimentos. Para que dicho efecto se produjera era necesario que los comerciantes redujeran los precios de los bienes promovidos (o en el contexto de aplicación, que al menos los incrementaran en un porcentaje inferior al del resto de los productos). Ese fue uno de los aspectos cuestionables de la medida, ya que esta situación de incertidumbre se vio potenciada porque era casi imposible realizar un control exhaustivo sobre los responsables.
Otro aspecto no recomendable en el diseño de la implementación fue que se presentó como una situación de todo o nada, es decir o se goza del beneficio en su plenitud (tasa cero en cambio de alícuota del 21% o del 10,5% según el caso) o no se goza del mismo, lo que provoca que el diferencial de precios sea pleno y significativo. Adicionalmente, un aspecto relacionado a la administración tributaria es la posible aparición de saldos técnicos a favor, recurrentes y crecientes, para los comerciantes.
La desventaja final es que, al culminar el plazo de vigencia de la medida se da una suba de los precios. Esta alza implica, obviamente, una merma del poder adquisitivo de los consumidores.
Una alternativa a la fijación de alícuota cero para un conjunto de bienes de la canasta básica consiste, en términos generales, en la implementación de una versión ampliada y segmentada del mecanismo de devolución de crédito fiscal por compras con medios de pago seleccionados.
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