ENCUENTRO ANUAL IEFPA - AMFED 2026
En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central. CUPO COMPLETO.
La Legislatura porteña ya recibió el proyecto de Presupuesto 2027 y junto al mismo los proyectos de Ley Impositiva y de reformas al Código Fiscal, de donde surge una extensión sobre las prestaciones de servicios del exterior con efectos económicos en la ciudad y una mayor aplicación de la responsabilidad sustituta.
Por Ricardo H. Ferraro, Ambito.com, 22 de octubre de 2026
La figura del responsable sustituto se encuentra prevista en el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos (CABA), dentro de los responsables por deuda ajena (obligaciones de terceros); sin embargo, el gobierno porteño envió recientemente a la Legislatura, junto al Presupuesto 2027, proyectos de Ley Impositiva (LI) y de modificaciones al Código Fiscal (CF), algunas de las cuales apuntan a tales responsables.
En tal sentido, en primer lugar, propicia la eliminación del inciso 7 del artículo 11de dicha figura y, a la par, crea dos nuevos artículos para precisar y profundizar la aplicación de la responsabilidad sustituta. Es decir, no deja de ser un responsable por deuda ajena, pero pasa a estar tratado de manera particular y detallada.
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