A la búsqueda de voluntades perdidas…
La voluntad de pago debe ser la consecuencia de que la sociedad percibe que los impuestos financian un bienestar colectivo legítimo, equitativo y transparente.
Por Gerardo E. Vega, Ambito.com, 24 de julio de 2024
El 8 de julio de 2024 se publicó la ley 27.742, la cual, según los artículos 24 a 51, capítulo III, titulado “Procedimiento Administrativo” modificó la ley 19549.
Los artículos 91 y 116 de la ley 11683 vinculan al proceso tributario, especialmente, los de naturaleza administrativa, con la Ley 19549; motivo por el cual, varios de los artículos modificados se relacionan con el tributario, mejorando las garantías de los contribuyentes. Esta nota menciona brevemente ciertos aspectos influidos por esta reforma.
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La voluntad de pago debe ser la consecuencia de que la sociedad percibe que los impuestos financian un bienestar colectivo legítimo, equitativo y transparente.
Se exceptúa a entidades sin fines de lucro y sector salud y habrá plan de facilidades de pago para regularizar deudas
Las AATT nunca deben perder de vista que la tecnología como la IA es una herramienta y no un objetivo y debe usarse de manera ética y responsable