Inocencia Fiscal: Un nuevo capítulo en la justicia tributaria
Con un webinar gratuito dictado por el Dr. Humberto Bertazza y la Dra. Graciela Manonellas, el IEFPA inció el Ciclo Lectivo 2026. Link a las disertaciones.
Empresas no deberán tener deudas, haber ingresado y liquidado divisas, y realizado presentaciones del Régimen de Planificaciones Fiscales. Se publica hoy en el Boletín Oficial.
Por Estefanía Pozzo, Ambito.com, 08 Febrero 2021
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, cambiará a partir de marzo el mecanismo que deberán seguir las empresas exportadoras para solicitar el reintegro de IVA por aquellos productos que vendan al exterior. Según la nueva normativa a la que tuvo acceso Ámbito, que se publicará hoy en el Boletín Oficial, las compañías tienen que cumplir tres requisitos para acceder al beneficio: no registrar deudas impositivas de ningún tipo; haber cumplido con el ingreso y la liquidación de divisas en el plazo que fija el Banco Central; y haber realizado las presentaciones del Régimen de Planificaciones Fiscales, que venció el 29 de enero.
Sobre el primer punto, referido a las deudas impositivas, fuentes oficiales confiaron que la normativa firmada por Marcó del Pont “estableció como condición que el solicitante no registre deudas exigibles por cualquier concepto relativas a sus obligaciones impositivas, previsionales y/o aduaneras, a la fecha de su efectivización”.
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Con un webinar gratuito dictado por el Dr. Humberto Bertazza y la Dra. Graciela Manonellas, el IEFPA inció el Ciclo Lectivo 2026. Link a las disertaciones.
Declaradas de interés por las autoridades del IEFPA, se realizarán en Villa La Angostura el 19 y 20 de marzo. Abierta la Inscripción.
Se encuentra abierta la inscripción para el presente ciclo lectivo. En el marco del convenio vigente, los afiliados accederán a un 20 % de descuento.