ENCUENTRO ANUAL IEFPA - AMFED 2026
En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.
NOVEDADES FISCALES
La Ley 27.541, que instrumentó el régimen de regularización vigente de deudas tributarias (impositivas, previsionales y aduaneras), fue recientemente modificada, luego que el Senado aprobara la su extensión a más contribuyentes y dispusiera un reconocimiento a los sujetos cumplidores.
Por Alejandra M. Wiggenhauser y Agustín J. Ferrero, Ambitoweb, 18 Agosto de 2020
La Ley 27.541, que instrumentó el régimen de regularización vigente de deudas tributarias (impositivas, previsionales y aduaneras), fue reciente modificada, luego que el Senado aprobara la “Ampliación de la Moratoria”. La misma establecía un beneficioso plan de pagos, la condonación parcial de intereses, multas y sanciones, y la extinción de la acción penal en la medida que no exista sentencia firme. Desarrollaremos los principales cambios que facilitarán la comprensión:
La primera distinción es la ampliación de los sujetos que pueden acogerse, al incluirse todo el universo de contribuyentes, sean o no sujetos MiPymes. Pese a ello, se efectúa una clara diferenciación entre los “pequeños contribuyentes” – i) MiPymes ii) Asociaciones civiles y otras iii) Personas físicas y suc indivisas consideradas pequeños contribuyentes por la AFIP –, de los “grandes contribuyentes”. A su vez, también quedan comprendidos los declarados en estado de quiebra que den efectiva conclusión del proceso falencial por avenimiento, dentro de los 90 días de corridos desde la adhesión al régimen.
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En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.
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