Modernización para la Movilización de Recursos Internos
En las AT, además de los ingresos, otras capacidades esenciales se ven fortalecidas por la transformación digital.
NOVEDADES FISCALES
La Ley 27.541, que instrumentó el régimen de regularización vigente de deudas tributarias (impositivas, previsionales y aduaneras), fue recientemente modificada, luego que el Senado aprobara la su extensión a más contribuyentes y dispusiera un reconocimiento a los sujetos cumplidores.
Por Alejandra M. Wiggenhauser y Agustín J. Ferrero, Ambitoweb, 18 Agosto de 2020
La Ley 27.541, que instrumentó el régimen de regularización vigente de deudas tributarias (impositivas, previsionales y aduaneras), fue reciente modificada, luego que el Senado aprobara la “Ampliación de la Moratoria”. La misma establecía un beneficioso plan de pagos, la condonación parcial de intereses, multas y sanciones, y la extinción de la acción penal en la medida que no exista sentencia firme. Desarrollaremos los principales cambios que facilitarán la comprensión:
La primera distinción es la ampliación de los sujetos que pueden acogerse, al incluirse todo el universo de contribuyentes, sean o no sujetos MiPymes. Pese a ello, se efectúa una clara diferenciación entre los “pequeños contribuyentes” – i) MiPymes ii) Asociaciones civiles y otras iii) Personas físicas y suc indivisas consideradas pequeños contribuyentes por la AFIP –, de los “grandes contribuyentes”. A su vez, también quedan comprendidos los declarados en estado de quiebra que den efectiva conclusión del proceso falencial por avenimiento, dentro de los 90 días de corridos desde la adhesión al régimen.
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En las AT, además de los ingresos, otras capacidades esenciales se ven fortalecidas por la transformación digital.
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Esta gestión exige información de calidad y análisis riguroso no sólo de la selección de contribuyentes sino como herramienta para organizar y dirigir toda la actuación de la AT.