Fallo protege a las exportaciones y al federalismo productivo
La Corte se expidió sobre un artículo específico del Convenio Multilateral de Ingresos Brutos
Por Pablo Porporato, Blog del CIAT, 24 de marzo de 2026
Introducción.
La economía azul —conjunto de actividades económicas vinculadas a los océanos, mares y zonas costeras— se ha consolidado como una de las principales fronteras de expansión de la economía global. Transporte marítimo, comercio internacional, pesca y acuicultura, energía offshore, turismo costero, biotecnología marina y, de forma creciente, la minería en aguas profundas configuran hoy un entramado productivo de relevancia sistémica.
Diversos organismos internacionales han señalado que, en términos agregados, el océano podría equipararse al tamaño de una de las principales economías del mundo en términos de valor agregado y activos. Proyecciones recientes indican que este peso relativo continuará expandiéndose hacia 2030 y 2050, impulsado por la transición energética, la demanda de minerales críticos y el crecimiento sostenido del comercio marítimo (OCDE, 2016; OCDE, proyecciones recientes).
Este dinamismo económico contrasta con un rezago evidente en los marcos fiscales aplicables y su reflejo recaudatorio. La arquitectura tributaria internacional vigente —construida sobre nociones territoriales, fuente y presencia física— muestra crecientes dificultades para gravar actividades altamente móviles, realizadas offshore y, particularmente, sobre bienes comunes globales.
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La Corte se expidió sobre un artículo específico del Convenio Multilateral de Ingresos Brutos
Es vital respetar siempre el marco legal vigente de cada país donde se reflejan los derechos y garantías de los ciudadanos.
La publicación de los precios, con su valor antes y después de aplicar impuestos a los consumos y tasas municipales, puede llevar a confusión al consumidor final.