Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Americanas

  • Modificaciones impositivas para eliminar la pobreza

Modificaciones impositivas para eliminar la pobreza

 

por  MARIO JUAN RAPISARDA(*), El Cronista, Lunes 13 de noviembre de 2017

 

En esta columna señalábamos el 23/5/16 que nuestro sistema tributario no está preparado para acompañar actos solidarios ya que en el impuesto a las ganancias se permite la deducción de donaciones sólo si se efectúa a entidades exentas y hasta un determinado límite [Art. 81 inc. c) de la ley], caso contrario el art. 57 dispone que esa donación de bienes debe tributar como una venta normal.

En el IVA el artículo 58 del decreto reglamentario expresa "Si un responsable inscripto destinara bienes, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios gravados, para donaciones o entregas a título gratuito, cualquiera sea su concepto, deberá reintegrar en el período fiscal en que tal hecho ocurra, el crédito por impuesto que hubiere computado". Para el IVA siempre hay que reintegrar el crédito fiscal, incluso si la donación la recibe una entidad exenta.

El caso mas crudo de esta desinteligencia entre el sistema tributario y la realidad es por ejemplo el de un restaurant que decide donar el alimento en buen estado que ya no podrá vender. Tributará ganancias por esos platos de comida como si los hubiera vendido aunque no reciba dinero por esa donación; y frente al IVA debe reintegrar el crédito fiscal que resulta atribuible a esas donaciones.

Idéntico tratamiento debe aplicar un almacén o supermercado al donar alimentos a estas personas.

Señalábamos lo absurdo de la situación ya que si se decidiera tirar la mercadería en vez de donarla eso si podría ser deducible del impuesto a las ganancias y nadie impugnaría esos créditos fiscales por tratarse de situaciones propias del negocio que no se cuestionan.

Un reciente informe de las Naciones Unidas estimó que en la Argentina con o sin intención, y en parte como producto de la cadena de comercialización, "cada uno de nosotros desperdicia en promedio un kilo de comida por día" y además que "para nutrir a la población mundial se necesitará producir más alimentos en los próximos 40 años que en los últimos 10.000 años, lo que conlleva a rediseñar el sistema agrícola y alimentario mundial de manera tal que sea sostenible, eficiente y resiliente".

En nuestro país existen diferentes iniciativas para mitigar el hambre como los bancos de alimentos, los comedores comunitarios y muchas otras iniciativas, pero aún no hay un enfoque eficaz desde la legislación.La ley 25989 de donación de alimentos publicada en enero de 2005 no resulta operativa porque fue vetado el art. 9 que exime de responsabilidad al donante una vez entregados los alimentos bromatológicamente aptos para el consumo. dificultando de tal forma las donaciones.

Existe un proyecto de ley (S-4458/16) que cuenta con media sanción del Senado el 23/8/17 para institucionalizar el 29 de septiembre como el Día Nacional de la Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos, impulsado por el Ministerio de Agroindustria, y algunas empresas privadas.

Sin embargo la problemática impositiva que señalábamos en aquel momento y hoy recordamos aún no ha sido solucionada.

Consciente que las dificultades impositivas obstaculizan las donaciones de alimentos y otros bienes, quien suscribe ha acercado al Ministerio de Desarrollo Social, y siguiendo su recomendación a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación en Agosto de 2016 un proyecto de ley para modificar el impuesto a las ganancias y otro proyecto de modificación del decreto reglamentario de la ley de IVA para corregir estos inconvenientes de nuestra legislación impositiva. Proyectos que seguramente se encuentran aguardando el impulso legislativo.

Quizás nuestros legisladores puedan incluir estas iniciativas dentro de la llamada reforma impositiva para adecuar nuestro sistema tributario a este complejo escenario que tenemos.

Estas medidas pueden no tener efecto recaudatorio pero tienen una importante arista social, y si son bien articuladas pueden convertirse en importantes instrumentos para mitigar el hambre y las necesidades de nuestra población en estado de vulnerabilidad.

Las Naciones Unidas nos advierten que a nivel mundial se necesitará producir más alimentos en los próximos 40 años que en los últimos 10.000 años. Necesitamos aunar esfuerzos para que cada vez menos compatriotas sientan hambre y necesidades. Es un deber irrenunciable y nuestro sistema tributario debe estar preparado para ello. Las propuestas que fueron acercadas constituyen un aporte para ello.

Resta aguardar el impulso de nuestros legisladores.

(*) El Dr. Mario Rapisarda es Contador Público Nacional de la UNLZ, especialista en temas tributarios, siendo su mail mjrapisarda8@gmail.com 

Últimas Noticias