Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Americanas

Obligaciones de documentación de Precios de Transferencia para Latinoamérica en tiempos de transparencia y protección de la base imponible

 

Por José Rafael Monsalve, Blog del CIAT, 3 Julio de 2017

El actual proceso de reordenamiento del sistema tributario internacional se ha enfocado en evitar la erosión de la base imponible de los contribuyentes, dando origen al ambicioso plan de acción, derivado del documento emitido por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) llamado Adressing BEPS (Base Erosion and Profit Shifting).  El Plan de Acción está compuesto de quince (15) iniciativas para combatir la erosión de la base imponible.  A finales de 2015, la OCDE alcanzó un nivel de avance significativo, al emitir un paquete final de reportes para una reforma coherente y coordinada que ha representado un hito para la transformación del sistema de tributación internacional.

Por su parte, las Naciones Unidas también encomendó a un equipo, a través de su Comité de Expertos en Cooperación Internacional en Aspectos  Fiscales (Committe of Experts on International Cooperation in Tax Matters), brindar sus apreciaciones sobre el tema, el cual también afecta a los países en vías en desarrollo.  El principal interés de esta iniciativa es asegurar que los aspectos relevantes para los países en vías de desarrollo sean contemplados.  Asimismo, la Oficina de Financiamiento para el Desarrollo (Financing for Development Office) del Departamento de Asuntos económicos y Sociales de la Naciones Unidas (United Nation Department of Economic and Social Affairs) lanzó un proyecto de desarrollo de capacidad enfocado en el desarrollo de materiales prácticos con aspectos específicos para promover la protección de la base imponible en países en vías de desarrollo. De este Proyecto, surgió el Libro Protegiendo la Base Imponible de países en vías de desarrollo (United Nation Handbook on Selected Issues in Protecting the Tax Base of Developing Countries).  Sin embargo, los aspectos relacionados con precios de transferencia están fuera del alcance de esta publicación y han sido cubiertos por el Manual Práctico de Precios de Transferencia para Países en Vías de Desarrollo (United Nations Practical Manual on Transfer Pricing for Developing Countries, en adelante Manual de las Naciones Unidas) preparado por las Naciones Unidas, emitido en el años 2013 y actualizado a principio del año 2017.

Desde la óptica de documentación de precios de transferencia, en busca de mayor transparencia y entendimiento de las operaciones de contribuyentes pertenecientes a grupos económicos multinacionales, la propuesta ha sido que sea transparentada la cadena de valor completa del grupo, a través de la preparación de un archivo maestro (Master File), información detallada de la actividad del contribuyente a través de un archivo local (Local file) que pretende ser similar al estudio de precios de transferencia que usualmente venían preparando los contribuyentes en varias jurisdicciones y un archivo adicional denominado reporte país por país o Country-by-Country Reporting (CbCr) con información cuantitativa de tipo financiero, impositivo y de negocio del grupo económico del contribuyente en cada una de las jurisdicciones en las que tiene operaciones.  La siguiente tabla muestra un resumen de los puntos generales que deben abarcar cada uno de estos reportes de acuerdo a lo establecido en la actualización de las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y administraciones tributarias (Directrices de la OCDE) con base en el paquete de reportes de BEPS del 2015 y a su vez avalado por el Manual de las Naciones Unidas:

 

Ver cuadro en el texto original (Aquí)

 

Fuente: Adaptado de las Directrices de la OCDE y Manual de las Naciones Unidas (2017)

De acuerdo a la información del portal de intercambio automático de información de la OCDE actualizada a Junio 2017, varios países latinoamericanos entre los que se encuentran Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México y Uruguay han comenzado su transitar por la senda de la implementación de estas obligaciones, donde su forma de adopción y las particularidades de cada jurisdicción serán factores determinantes del éxito de estas medidas, así como referencia para otros países latinoamericanos.  Mientras se percibe lejano el horizonte de revisión y ajuste por parte de la OCDE de estas obligaciones en el 2020, el tiempo nos irá revelando si la forma en que estos reportes y directrices han sido diseñados desde el seno de este organismo, con los respectivos mecanismos de participación y consulta en el proceso de diversos grupos de interés, incluyendo organismos multilaterales como las Naciones Unidas, gremios, sectores, contribuyentes y gobiernos, resultan igualmente provechosos para contribuyentes y Administraciones Tributarias en los países con economías más avanzadas que para sus pares en países en vías de desarrollo, especialmente los países latinoamericanos.

 

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